Excedencia voluntaria y decisión del empresario de no cubrir la vacante.
No existe vacante sobre la que pueda operar el derecho preferente al reingreso, cuando la empresa suprime el puesto de trabajo desempeñado por el trabajador.
Si la empresa decide contratar a un nuevo trabajador para asumir las tareas de un contrato extinguido, se demuestra con ello la existencia de una vacante, operando entonces la preferencia de la que es titular el excedente voluntario que ha solicitado el reingreso.
Pero si la empresa lo que hace es suprimir o dejar de realizar aquellas tareas, no puede entonces admitirse que exista una vacante a la que tenga derecho el excedente. Lo contrario supondría imponer al empresario la obligación de seguir manteniendo aquellas tareas, funciones y actividades del puesto de trabajo que ha decidido dejar sin contenido tras la extinción del contrato del trabajador que lo venía desempeñando, lo que es contrario al derecho de dirección y organización de la actividad empresarial que le corresponde.